¡Volvió el Aguardiente Amarillo de Manzanares!
En una decisión histórica, la Corte Constitucional de Colombia ha revocado varias disposiciones de la Ley 1816 de 2016, las cuales permitían a los departamentos restringir la venta de aguardientes provenientes de otras regiones, lo que cerraba las puertas a una libre competencia en el mercado de licores del país.
La decisión, tomada el 4 de febrero de 2025, elimina las barreras que limitaban la comercialización de aguardientes nacionales e internacionales, como el Aguardiente Amarillo de Manzanares, en diferentes territorios del país.
La Industria Licorera de Caldas (ILC) celebró el fallo, destacando que ahora más colombianos tendrán la oportunidad de disfrutar de este aguardiente sin limitaciones, además, se destacó que esta decisión promueve la competencia en el mercado y combate el contrabando, eliminando las excusas para la comercialización ilegal de licores en las regiones.
Con esta medida, el Aguardiente Amarillo de Manzanares podrá ser introducido en regiones como Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca, Boyacá, Huila, Cauca, Nariño, Caquetá, Putumayo y Chocó.
La Corte Constitucional subrayó que los consumidores colombianos tienen derecho a elegir libremente el aguardiente de su preferencia, independientemente de su lugar de residencia. Este fallo establece un precedente en la regulación del comercio de licores en Colombia y promueve una economía de mercado más justa y competitiva.



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