Ordenan a Ecopetrol y Petrobras suspensión de exploraciones en el mar Caribe 

El Juzgado IV Laboral del Circuito de Santa Marta ha emitido un fallo que ordena la suspensión inmediata de las actividades de exploración y explotación en el pozo Uchuva 2 que se realiza en el Bloque Tayrona en el mar Caribe, aproximadamente a 31 km de la costa en el departamento del Magdalena. 

La suspensión debe cumplirse hasta que se pueda realizar la consulta previa con el Cabildo Indígena de Taganga. Esta decisión se produce en respuesta a una acción de tutela presentada por Ariel Daniels de Andreis, gobernador de la comunidad indígena de Taganga, quien alegó la vulneración de sus derechos a la consulta previa con la comunidad local.

La acción de tutela fue interpuesta contra varias entidades, incluyendo la Autoridad de Licencias Ambientales (ANLA), el Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como las empresas Ecopetrol y Petrobras. La demanda buscaba asegurar el cumplimiento del derecho a la consulta previa y proteger los derechos de la comunidad indígena en relación con el proyecto de exploración, los cuales tienen como nombre de proyectos Uchuva y Área de Interés de Perforación Exploratoria Tayrona. También se ha ordenado por el juzgado retirar dichos nombres en un plazo de 48 horas.

El fallo judicial reconoce que la comunidad indígena de Taganga tiene derechos fundamentales a la consulta previa, al debido proceso y a la protección de su propiedad intelectual, cultural y medioambiental. Entre las medidas ordenadas por el tribunal se destaca que el Ministerio del Interior debe revisar y corregir la Resolución ST-1630 de 2023, en un plazo de un mes, para reconocer adecuadamente la presencia del cabildo indígena en la zona de explotación. La resolución corregida deberá permitir la realización de la consulta previa con la comunidad de Taganga dentro de los siguientes treinta días.

Además, el juzgado ha instruido a la ANLA, en coordinación con el Ministerio de Ambiente, a realizar un estudio integral de impacto ambiental y sociocultural del proyecto que debe evaluar los efectos del pozo Uchuva 2 sobre la comunidad local. Así como también se sugiere la creación de un comité de supervisión integrado por representantes del Cabildo Indígena de Taganga, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público. Este comité tendrá la tarea de vigilar el cumplimiento de las órdenes emitidas y asegurar la protección de los derechos de la comunidad.

También el Ministerio de Cultura deberá poner en marcha un plan de desarrollo, en colaboración con el Cabildo Indígena de Taganga, que contenga las prácticas culturales y conocimientos tradicionales con el entorno y vida marítima de la comunidad. Estas acciones deben preservar el patrimonio ancestral y cultural de las comunidades en la región.

El contexto, desarrollo y respuesta de este litigio dado en Santa Marta refleja la relevancia en el cuidado y el cumplimiento de todos los parámetros antes de realizar proyectos de exploración de hidrocarburos en el país. Sobre todo, donde los derechos de las comunidades locales y los procedimientos ambientales juegan un papel crucial en la toma de decisiones.

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