Descubra las sanciones por no presentar su declaración de renta

ntre el 12 de agosto y el 24 de octubre, las personas naturales con ingresos anuales superiores a $69.186.000 deberán presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024.

Quienes no cumplan con esta obligación estarán sujetos a sanciones, ya sea por presentar la declaración fuera del plazo establecido o por no realizarla.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha explicado los tipos de sanciones aplicables en estos casos:

  1. Sanción por extemporaneidad (declaración presentada después de la fecha límite):
    • Se deberá pagar el 5% del impuesto adeudado por cada mes de retraso.
    • Si el incumplimiento se prolonga, la sanción aumentará al 10% sobre el valor de la declaración de renta.
  2. Sanción por no declarar (cuando el contribuyente no presenta la declaración):
    • Se deberá pagar el 20% de los ingresos brutos del año gravable correspondiente.
    • Si no existen ingresos, la sanción será del 20% sobre el patrimonio líquido o los activos de la persona.

La declaración de renta permite al Estado conocer los ingresos y gastos de personas y empresas, garantizando así el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

A continuación, se presentan las fechas establecidas por la DIAN:

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