Cabal pide frenar decreto que cambia tutelas contra Petro
La senadora del Centro Democrático, María Fernanda Cabal, presentó ante el Consejo de Estado una demanda que busca tumbar el Decreto 0799 de 2025, emitido por el Ministerio de Justicia y firmado por el presidente Gustavo Petro. La iniciativa, que desplaza la revisión de tutelas interpuestas contra el mandatario de la alta corte hacia los jueces de circuito, es catalogada por Cabal como una violación del principio del juez natural y una amenaza al equilibrio de los poderes públicos .
Según la senadora, este decreto transgrede al menos tres principios constitucionales: el debido proceso, la separación de poderes y la reserva de ley. En su demanda advierte que la norma constituye un claro exceso del poder reglamentario, y que permite al Ejecutivo designar qué jueces deben conocer acciones legales contra el presidente, eliminando el escrutinio del Consejo de Estado, tribunal con más capacidad técnica y jurisdiccional para estos casos.
El Consejo de Estado ya admitió la demanda y notificó al presidente Petro y al ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, dando inicio al trámite. Cabal solicitó además medidas cautelares para suspender de inmediato el decreto mientras se define el fondo del asunto.
Las críticas a la medida no surgen solo desde la bancada opositora. La comunidad jurídica también ha rechazado esta reorientación de tutelas. Argumentan que definir qué juez puede revisar decisiones del presidente afecta la imparcialidad y calidad técnica de las decisiones judiciales, así como la vigencia del juez natural, figura clave en el Estado de derecho.
El decreto fue expedido con el argumento de descongestionar el Consejo de Estado tras el polémico «decretazo» sobre la consulta popular. Sin embargo, repasos como el de la Corporación Excelencia en la Justicia advirtieron que la medida erosionaría la separación de poderes y podría abrir la puerta a controles políticos sobre acciones de tutela.
De prosperar la demanda, la decisión del Consejo de Estado tendrá un alcance muy significativo: confirmaría que no es legal que una norma ejecutiva decida qué juez puede revisar las acciones judiciales contra el presidente, y que ese poder, por su impacto, solo puede nacer de una ley aprobada por el Congreso.



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