Sancionado alto mando del Ejército por desobedecer a la JEP
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) impuso una sanción contundente al teniente coronel Jorge Emerson Melgarejo Escobar, quien dirige la Escuela de Logística del Ejército Nacional en Bogotá. Según la decisión tomada el 12 de julio de 2025, se le condenó a tres días de arresto en la Policía Metropolitana de Bogotá y al pago de una mult a equivalente a diez salarios mínimos mensuales vigentes, tras comprobar que desobedeció una medida cautelar vigente desde septiembre de 2024.
La razón principal de la sanción se dio porque, el 3 de febrero de 2025, un equipo forense de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) detectó movimientos de tierra no autorizados en terrenos donde la JEP había ordenado detener cualquier intervención, dada la sospecha de la presencia de posibles fosas con víctimas de desaparición forzada . El terreno, ubicado en San Cristóbal, en Bogotá, era objeto de protección judicial desde que organizaciones de víctimas como CAJAR y Movice solicitaron su resguardo por posibles inhumaciones irregulares .
La JEP señaló que la acción no fue intencional, sino producto de negligencia, dado que Melgarejo no implementó las medidas necesarias para evitar que su subalterno—un suboficial—ordenara dicha intervención pese a que la prohibición ya estaba debidamente comunicada . La excavación fue considerada “irreversible”, lo que dificulta cualquier intento futuro de tomar pruebas forenses que permitan confirmar si los restos corresponden a personas desaparecidas hace más de treinta años .
Además de sancionar a Melgarejo, la JEP ordenó remitir reportes a la Fiscalía y a la Procuraduría para que investiguen al coronel Juan Gabriel Toro y otros oficiales que participaron en jornadas de arborización dentro del predio, efectuadas en octubre y noviembre de 2024 .
En contraste, el exministro de Defensa Iván Velásquez y el coronel Johan Slead Gelvez Peña fueron oficialmente desvinculados del caso, tras determinar que no participaron ni fomentaron las acciones que provocaron la sanción .
La JEP recalcó que las medidas cautelares son esenciales para resguardar la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. El incumplimiento de estas órdenes, como en este caso, puede tener consecuencias jurídicas graves. En resumen, el incidente evidencia una falla en la supervisión del predio, que pudo haber comprometido pruebas valiosas en la búsqueda de justicia para las víctimas de desaparición forzada.



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