Representante a la cámara, Lina Garrido celebra fallo contra Benedetti


La Corte Suprema de Justicia inadmitió la denuncia penal interpuesta por el ministro del Interior, Armando Benedetti, contra la representante a la Cámara Lina María Garrido, quien lo había acusado de ser “drogadicto” y “agresor de mujeres”, en un fallo defendido como una victoria para la libertad de expresión legislativa.

La decisión, tomada por la Sala de Instrucción con ponencia del magistrado Héctor Javier Alarcón Granobles, se fundamentó en que las expresiones de la congresista fueron emitidas dentro del ejercicio de sus funciones y convenía aplicar el principio de inviolabilidad parlamentaria, amparado por el artículo 185 de la Constitución. El tribunal también consideró que abrir proceso judicial en este caso implicaría un uso “innecesario de recursos del sistema judicial”.

Garrido celebró el fallo a través de su cuenta de X:

“Le gané la primera puja a @AABenedetti en la Corte Suprema. Aquí estoy parada en la raya y usted, Ministro agresor de mujeres, no me va a callar. Le falta pelo pal Moño».

Benedetti insiste en que la Corte se equivocó en interpretar la demanda

Benedetti, por su parte, cuestionó la resolución asegurando que la Corte interpretó incorrectamente la demanda. Señaló que sus argumentos estaban basados en declaraciones posteriores a las sesiones del Congreso y en otros medios, y no únicamente en el discurso en aquella ceremonia.

Este episodio político judicial resalta cómo el equilibrio entre crítica legítima, inmunidad parlamentaria y derecho al buen nombre constituye un terreno de tensión normativa en el debate democrático colombiano.

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