Corte Suprema acusa a Polo Polo de hostigamiento agravado
El pasado 11 de febrero de 2025, la Corte Suprema de Justicia emitió una acusación formal contra Miguel Abraham Polo Polo, representante a la Cámara, por el delito de hostigamiento agravado. La Sala de Instrucción señaló que el congresista presuntamente incitó a la violencia y promovió actos de discriminación política, afectando a exmiembros del M-19 y al presidente Gustavo Petro.
A través de una publicación en su cuenta oficial en X, la Corte explicó que Polo Polo habría utilizado medios de comunicación para difundir mensajes que instaban a dañar a estos grupos debido a sus ideologías políticas. En particular, se argumentó que el legislador habría promovido actitudes hostiles contra el M-19 y el mandatario, lo cual podría configurar un delito conforme al Código Penal colombiano.
Según la ley, el artículo 134B del Código Penal establece penas de entre 12 y 36 meses de prisión, junto con multas, para quienes inciten o promuevan actos de violencia o discriminación motivados por ideologías políticas, religión, raza, orientación sexual u otras razones.
Reacción de Polo Polo
Tras conocerse la acusación, Polo Polo rechazó la decisión de la Corte, afirmando que sus publicaciones en redes sociales no incitan al ataque ni contra el presidente Petro ni contra los exmiembros del M-19. En sus declaraciones, el representante aseguró que sus intervenciones son solo expresiones de su posición política y no tienen la intención de fomentar la violencia.
El congresista también cuestionó la decisión de la Corte, sugiriendo que esta exageró al considerarlo responsable de incitar a la violencia, y recordó que sectores de izquierda también han hecho declaraciones polémicas en el pasado sin consecuencias legales.
Otras denuncias previas
No es la primera vez que Polo Polo se enfrenta a denuncias relacionadas con el hostigamiento. En febrero de 2025, la Corte Suprema inadmitió una denuncia presentada por la senadora Sandra Ramírez Lobo, quien lo acusó de realizar comentarios injuriosos y calumniosos en su contra durante un debate legislativo. La Corte consideró que las expresiones del congresista eran parte del ejercicio parlamentario y no constituían un delito de hostigamiento o discriminación.



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