Corte recuerda las seis garantías que ampara el fuero de maternidad y reafirma su vigencia durante la lactancia

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-333 de 2025, recordó que el fuero de maternidad no solo cubre el embarazo, sino que se extiende durante todo el periodo de lactancia, y reafirmó las seis garantías que deben protegerse en favor de las mujeres trabajadoras.

El fallo responde a una acción de tutela de una mujer de 29 años, madre de un niño de 16 meses, quien fue despedida mientras aún estaba amamantando. Laboraba para una empresa de servicios temporales, y promovió que su desvinculación se dio luego de que el área de recursos humanos preguntara la edad de su hijo, basándose en el argumento, erróneo según la Corte, de que el fuero de maternidad solo operaría los primeros seis meses de lactancia.

La Sala Octava de Revisión determinó que el despido fue discriminatorio, pues la empresa no presentó pruebas que justificaran una causal objetiva válida para la terminación del contrato. Además, aplicó los estándares del fuero de maternidad bajo la normativa constitucional vigente.

La Corte reafirmó las siguientes protecciones progresivas y complementarias que las mujeres trabajadoras deben tener:

  1. Prohibición general de despido por embarazo o lactancia.
  2. Requisito de autorización previa del Inspector de Trabajo para despedir durante embarazo o hasta 18 semanas después del parto.
  3. Presunción de despido discriminatorio si la desvinculación ocurre en ese lapso.
  4. Indemnización especial de 60 días de salario cuando se compruebe que el despido obedeció a la condición de maternidad o lactancia.
  5. Pago proporcional de las semanas de la licencia de maternidad que no fueron disfrutadas.
  6. Nulidad del despido cuando se produce durante los descansos protegidos (licencia, lactancia, permisos de aborto).

Estas garantías buscan proteger la estabilidad laboral reforzada de la mujer trabajadora gestante o lactante frente a prácticas discriminatorias.

Más allá del despido: medidas de reparación

En el caso resuelto, la Corte ordenó:

  • El reintegro de la mujer al cargo que desempeñaba o uno equivalente, con mantenimiento de sus derechos laborales y afiliaciones.
  • Que la empleadora habilite espacio adecuado para la extracción de leche materna, con condiciones de higiene, privacidad y dotación necesaria.
  • Afiliación plena de la mujer y su hijo al sistema de seguridad social si no lo estaban. 

Alcance jurídico

  • Este fallo reafirma que el fuero de maternidad es un derecho constitucional reforzado, no una mera extensión temporal limitada.
  • Se extiende la protección laboral mientras subsista la condición de lactancia (hasta dos años, según normativa vigente)
  • Obliga a las empresas a revisar sus protocolos internos para evitar despidos injustificados de madres embarazadas o en lactancia.
  • Refuerza la tutela de la mujer trabajadora frente a discriminaciones por género y maternidad.

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