¿Cuánto tiempo hay para radicar una incapacidad ante la EPS y cuándo prescribe su reembolso?

Cuando un trabajador necesita una incapacidad médica por enfermedad o accidente, el trámite no termina con el certificado: la EPS tiene plazos legales para reconocerla y pagarla. Según el Decreto 1427 de 2022, la EPS dispone de 20 días hábiles (15 + 5) para decidir si acepta y paga la incapacidad, una vez el afiliado entregue todos los documentos requeridos.

Si la incapacidad fue emitida por un médico fuera de la red de la EPS, el afiliado debe presentarla para validación dentro de los primeros 15 días hábiles posteriores al certificado. La EPS evaluará y decidirá aplicando los mismos plazos legales de liquidación y pago.

En cuanto al reembolso cuando el empleador adelantó el pago al trabajador, el derecho prescribe en tres años, contados desde la fecha en que se hizo dicho pago. Este criterio está respaldado por el Concepto Jurídico 079881 de 2023 de la Dirección Jurídica de la Función Pública.

Respecto a incapacidades con retroactividad, la norma establece que solo se permiten dentro de los 30 días siguientes en casos excepcionales (por ejemplo, trastornos de memoria o incapacidad de la persona para reclamar de inmediato). Para consultas comunes sin justificación médica clara, no se admite la retroactividad.

Este marco legal busca equilibrar los derechos del trabajador con las exigencias administrativas del sistema de salud, evitando que los trámites se eternicen ni que los beneficios se vuelvan inalcanzables.

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