Todo lo que debe saber sobre el pago de la cuota de alimentos
El Ministerio de Justicia propone un nuevo mecanismo para garantizar el pago de la cuota alimentaria, la cual, según el ICBF, «cubre lo esencial para el sustento, vivienda, vestimenta, salud, recreación, educación y desarrollo integral de los niños y adolescentes». Además, la ley obliga al padre a cubrir los gastos de embarazo y parto, ya sea en casos de filiación legítima o extramatrimonial con reconocimiento de paternidad.
Esto hace parte de la Ley 1098 de 2006 del Código de Infancia y Adolescencia, que busca proteger los derechos de los niños y adolescentes. Esta cuota puede ser impuesta a ambos padres y debe garantizarse hasta que el menor cumpla la mayoría de edad. Si, después de esto, el joven no ha finalizado sus estudios o no cuenta con ingresos propios, la cuota podría extenderse hasta los 25 años.
¿Sabe si debe pagar cuota de alimentos?
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) es el mecanismo creado para garantizar el cumplimiento de esta obligación. Se trata de un documento solicitado por instituciones públicas y privadas para verificar que una persona no esté en deuda con su obligación alimentaria ni reportada en el registro.
No cumplir con esta obligación podría acarrear el embargo del 50% del salario del deudor y, en casos reiterativos, generar procesos penales.
Esta medida no solo aplica para menores de edad, sino también para padres que necesiten apoyo de sus hijos en caso de ser adultos mayores o tener alguna discapacidad.



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