¿Hasta dónde llega el DIH en los bombardeos donde mueren menores? La pregunta que vuelve a sacudir al país

La muerte de al menos 15 menores de edad en bombardeos del Ejército contra estructuras de grupos armados ilegales volvió a abrir un debate profundo en Colombia: ¿cuál es el alcance real del Derecho Internacional Humanitario (DIH) cuando los niños están involucrados en escenarios de guerra?

El cuestionamiento no es menor. Las recientes operaciones militares, reconocidas por el Gobierno, han reavivado una discusión jurídica, ética y política sobre la responsabilidad del Estado, la protección de la niñez reclutada por grupos criminales y los límites que deben regir las acciones ofensivas.

El DIH establece que las partes en conflicto deben distinguir en todo momento entre combatientes y civiles. Los menores reclutados, aunque sean utilizados como escudos o combatientes forzados, mantienen una protección especial bajo el derecho internacional. El principio de distinción prohíbe ataques directos contra civiles y exige que cualquier operación militar se planifique para minimizar daños colaterales, especialmente cuando hay presencia de menores.

Aquí surge la controversia: ¿qué ocurre cuando los menores están integrados, de forma voluntaria o forzada, a estructuras criminales? ¿Pierden su estatus de protección? La respuesta de los expertos es clara: no. Los niños, incluso cuando han sido reclutados, son considerados víctimas y el Estado tiene la obligación de preservar su vida.

Sin embargo, también reconoce un escenario excepcional: un menor pierde temporalmente la protección cuando participa directamente en hostilidades. Así lo establecen los Protocolos Adicionales I y II de 1977, que regulan los conflictos armados internos.

Esto significa que, si un menor porta armas, integra una estructura armada o participa en ataques, puede convertirse en un objetivo militar legítimo sólo mientras dura esa participación directa. En otras palabras, aunque un menor armado pueda ser considerado objetivo militar, su presencia obliga al máximo nivel de precauciones.

Los hechos: menores muertos en bombardeos recientes

Según Medicina Legal, al menos 15 menores de edad fallecieron desde agosto en operaciones contra disidencias de las FARC en Guaviare, Arauca y Amazonas. La Defensoría del Pueblo sostiene que existen evidencias de cuatro bombardeos en los que había presencia confirmada de niños reclutados.

El presidente Gustavo Petro reconoció la muerte de al menos 12 menores, pero defendió la continuidad de las operaciones mientras las estructuras ilegales “mantengan una ofensiva activa”.

Las voces críticas apuntan a la posible violación de los principios de proporcionalidad (el daño no puede exceder la ventaja militar buscada) y precaución, especialmente cuando se sabe o se sospecha de la presencia de menores.

Las declaraciones del ministro de Defensa, Pedro Sánchez, quien afirmó que “lo que mata no es la edad, es el arma”, generaron un terremoto político. Organismos nacionales e internacionales de derechos humanos calificaron la frase como un desconocimiento del DIH y advirtieron que el Estado debe responder con absoluta transparencia.

La Procuraduría abrió investigaciones preliminares y varios sectores han pedido esclarecer cómo se autorizaron los bombardeos, si existían reportes previos de presencia de menores y si se siguieron los procedimientos exigidos por el DIH.

¿Qué dicen los expertos?

Los analistas coinciden en que el Estado sí puede actuar militarmente contra grupos armados, pero debe hacerlo bajo tres criterios esenciales:

  • Distinción: no atacar a civiles, incluidos menores reclutados.
  • Proporcionalidad: evaluar si la operación genera daños “excesivos” frente al objetivo militar.
  • Precaución: verificar con rigor la presencia de menores antes de autorizar un ataque.

Cuando estos principios fallan, los Estados pueden enfrentar responsabilidades internacionales e incluso investigaciones por violación grave de derechos humanos.  El debate sobre los bombardeos con menores no es nuevo en Colombia, pero esta vez tiene un componente adicional: la presión internacional y el cuestionamiento a la manera en que el Gobierno está interpretando y aplicando el DIH en su política de seguridad.

Mientras tanto, expertos y organismos humanitarios insisten en que el combate a los grupos criminales no puede desconocer la obligación absoluta de proteger a los niños, sin importar dónde estén ni quién los haya reclutado.

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